Qué diferencia hay entre una persona física y una moral

Seguro que muchas veces has escuchado que como mexicanos, tenemos la obligación de pagar impuestos según las actividades que realicemos para percibir ingresos.

Aunque no sepamos a detalle cómo funciona todo el sistema tributario de nuestro país, sí hay dos conceptos básicos que es importante saber diferenciar: cuándo se trata persona física y una moral, porque según la figura jurídica con que estemos identificados, dependerán también nuestras obligaciones fiscales, ¡conócelas!

Qué es una persona física

La definición legal define que una persona física es “quien como individuo realiza una actividad para obtener un ingreso, a diferencia de las personas morales que para operar requieren constituirse legalmente como mínimo a partir de dos personas o más”, según la enciclopedia jurídica online.

Es decir, mientras no formes parte de una sociedad constituida por dos personas o más para obtener ingresos, se te considera como persona física ante Hacienda.

Cabe señalar que existen diferentes tipos de regímenes fiscales según la actividad que se realice (asalariados, servicios profesionales, arrendamiento, actividades, empresariales, etc.), sin embargo, el artículo 110 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, nos habla de las obligaciones generales que como persona física debes cumplir, a continuación te presentamos algunas de ellas:

  1. Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes
  2. Expedir comprobantes fiscales por los ingresos que se reciban
  3. Conservar la contabilidad y cualquier comprobante que acredite que cumpliste con tus obligaciones fiscales
  4. Además, expedir constancias y comprobantes fiscales en los que se asiente el monto de los pagos efectuados, también aplica si realizas pagos en establecimientos que se encuentren en el extranjero, esto, de instituciones crediticias del país

Qué es una persona moral

En términos de la ley, se trata de una “organización de personas o de personas y de bienes con capacidad unitaria para ser sujeto de derechos y obligaciones, como las corporaciones, asociaciones, sociedades y fundaciones”.

Básicamente, se trata de una asociación de dos personas o más conformadas legalmente para obtener ingresos o no ?por ejemplo, las asociaciones civiles?. En el artículo 76 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se enlistan las obligaciones fiscales de las personas morales en general, aquí algunas de ellas:

  1. Llevar la contabilidad conforme al Código Fiscal de la Federación
  2. Expedir comprobantes fiscales por las actividades realizadas
  3. Presentar declaración que incluya resultado fiscal del ejercicio y utilidad fiscal, a través de los medios electrónicos del Servicio de Administración Tributaria (SAT)
  4. Incluir en las declaraciones, información de operaciones con personas que residan en el extranjero
  5. Tener un control a través de inventario de mercancía, materia prima, procesos, etc.

Es importante saber bajo qué tipo de régimen fiscal figuramos, para evitar multas por no pagar impuestos. Si eres una persona física asalariada, lo más seguro es que tu empresa se encargue de hacer las declaraciones anuales correspondientes a tu actividad económica, sin embargo también hay excepciones, ¡mantente informado!

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